La sentencia al conflicto colectivo sobre asuntos propios habiamos interpuesto ha sido favorable a los trabajadores.
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Puesto que en la sentencia no se aclara recordamos que en el punto 7 de la demanda se pedía la compensación económica de aquellos asuntos propios que habiendose pedido no se pudieron disfrutar. El juez considera en estimar en todos sus puntos la demanda